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Home office o teletrabajo en México y la Ley Federal de Trabajo

Cuando hablamos de <<home office>> nos referimos a la modalidad de trabajo que se realiza de forma remota, la Ley Federal del Trabajo (LFT) la reconoce como teletrabajo cuando hablamos de esta modalidad, hay ciertos aspectos que deben ser considerados para cuidar la seguridad de la empresa y de los propios trabajadores.

La Ley Federal del Trabajo define el teletrabajo como una “forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al centro de trabajo, establecimiento o establecimientos del patrón, por lo que no se requiere la presencia física de la persona trabajadora bajo esta modalidad en el centro de trabajo, utilizando primordialmente las tecnologías de la información y comunicación, para el contacto y mando entre la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo y el patrón”. (Artículo 330-A de la Ley Federal del Trabajo).

Cómo debe ser un trabajo para ser considerado Home Office

  • Para que la relación laboral sea considerada como teletrabajo deberá desarrollarse más del 40% del trabajo en el domicilio del trabajador o el domicilio que elija el trabajador para estos efectos.
  • En caso de que la modalidad de teletrabajo sea temporal, y las labores regresen en su totalidad a ser presenciales, el trabajador deberá aceptarlo voluntariamente  y esto deberá constar por escrito.
  • Si la relación laboral inicia bajo esta modalidad, además de constar por escrito, deberá existir un contrato de trabajo que cuente con todas las formalidades necesarias de un documento de esta índole.

Obligaciones en la Ley de Home Office

En la modalidad de teletrabajo existen ciertas obligaciones especiales, tanto para los empleadores como para los empleados.

Derechos y obligaciones de empleadores en el Home Office:

  1. Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros;
  2.  Recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas;
  3.  Cubrir todos los costos que se deriven de la ejecución de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad;
  4. Llevar un registro de los insumos y materiales que hayan sido entregados a las personas trabajadoras, que se encuentren ejecutando la modalidad de teletrabajo, esto, en cumplimiento a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 
  5. Implementar todas las medidas o mecanismos que permitan preservar la seguridad de la información que sean utilizados por las personas trabajadoras, en la modalidad de teletrabajo; 
  6. Respetar el derecho a la desconexión de las personas trabajadoras que se encuentren ejecutando la modalidad de teletrabajo al término de su jornada laboral; 
  7. Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la seguridad social y;
  8. Establecer los mecanismos de capacitación y asesoría que resulten necesarios con la finalidad de garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de la información de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo, con especial énfasis en aquellas que cambien de modalidad presencial a teletrabajo.

Derechos y obligaciones de trabajadores en el Home Office:

  1. Observar el mayor cuidado en la custodia y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban del patrón; 
  2. Informar con oportunidad sobre los precios acordados para el uso de los servicios relativos a las líneas de telecomunicaciones y del consumo de electricidad, que estén relacionados al teletrabajo; 
  3. Acatar todas las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por el patrón; 
  4. Atender y utilizar los mecanismos y sistemas operativos para la supervisión de sus actividades, y 
  5. Observar cumplimiento a todos los  mecanismos de protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades, así como hacer caso a todas las restricciones sobre su uso y almacenamiento.
  6. Es importante recordar que la Ley Federal del Trabajo no establece un procedimiento o forma para determinar los costos correspondientes de telecomunicaciones o de electricidad, por lo que corresponde al empleador desarrollar una política o lineamientos en donde se especifique la fórmula para calcular ambos conceptos, así como incorporar en estos documentos aquellas recomendaciones que considere importantes para el desempeño adecuado de los trabajadores enfocado a las actividades de la empresa.

 

NOM-037 Teletrabajo - Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Esta Norma Oficial Mexicana fue publicada desde el 15 de julio del año 2022, desde esta fecha, se contarán 60 días naturales para realizar cualquier tipo de comentarios o solicitudes de modificaciones al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo. Una vez que concluya este plazo, dicho comité hará un análisis de los comentarios y generará un proyecto que de atención a las cuestiones planteadas en este lapso.

Una vez finalizado este proceso, la NOM-037-STPS-2022 será publicada en el Diario Oficial de la Federación y podrá entrar en vigor durante los 180 días naturales posteriores a su fecha de publicación.

Sin embargo, existen ciertas cuestiones que vale la pena mencionar  por la relevancia que tienen tanto para empleadores, como para los trabajadores de los centros de trabajo en donde se utiliza la modalidad de teletrabajo. Es decir, aquellos establecimientos en donde se realiza más del 40% de la jornada laboral semanal en un lugar distinto al centro de trabajo.

En primer lugar, el propósito de la norma es prevenir los riesgos existentes de carácter ergonómico, psicosocial, y físico  para los trabajadores, por lo que dicha norma contempla ciertas obligaciones específicas que explicamos a continuación:

Para el empleador:

  •   Asegurarse de que las condiciones de los trabajadores involucran contar con un lugar con internet, ventilado y que cuente con los materiales indispensables para la realización de su trabajo; como lo son sillas ergonómicas.
  •   Contar con una política interna que contenga un apartado especial para regular el teletrabajo.
  •   Contar con ciertos mecanismos que permitan a los trabajadores interactuar con personas o realizar actividades que impliquen convivencia.
  •   Informar a los empleados de los riesgos de salud relacionados con la modalidad de teletrabajo.

Para el trabajador:

  •   Tener conocimiento de la política o apartado dentro de esta, que existe dentro de su centro de trabajo.
  •   Informar al patrón de cualquier condición o cambio a sus circunstancias en su lugar de trabajo remoto.
  •   Conservar en buenas condiciones y en general hacer buen uso de los materiales y recursos que le hayan sido proporcionados para la realización de su trabajo.
  •   Dar aviso inmediato al patrón en aquellos casos en donde se sufra un accidente de trabajo, para efectos de esta modalidad, se considerará un accidente de trabajo el que ocurra durante la jornada laboral, durante el teletrabajo.
  •   Dar aviso por escrito al patrón, en caso de que ocurra algún cambio en la dirección en donde se realizan las actividades del teletrabajo.